-Nadie debe huir de sus obligaciones y responsabilidades para con los demás
2º- Hacerse una idea de conjunto de las circunstancias y consecuencias del accidente, que le permita establecer un orden de preferencias, según la situación, respecto a las medidas a adoptar para garantizar la seguridad de la circulación, auxiliar a las víctimas, facilitar su identidad y colaborar con la Autoridad o sus Agentes.
3º- Auxiliar a los heridos y recabar auxilio sanitario de los servicios que pudieran existir.
4º- Avisar a la Autoridad o a sus Agentes, informándoles del lugar y circunstancias del accidente, cuando: - Aparentemente hubiera resultado herida o muerta alguna persona.
- Sea necesario para restablecer la seguridad de la circulación.
- Alguna de las personas implicadas en el accidente lo solicite.
5º- - No será necesario avisar a la Autoridad o sus Agentes, si sólo se han producido heridas claramente leves, la seguridad de la circulación está restablecida y ninguna de las personas implicadas en el accidente lo solicita. - Permanecer o volver al lugar del accidente hasta la llegada de la Autoridad o sus Agentes.
- No será necesario permanecer o volver al lugar del accidente cuando hubiera sido autorizado por la Autoridad o sus Agentes a abandonar el lugar o debiera prestar auxilio a los heridos o ser él mismo atendido, ni cuando sólo se han producido heridas claramente leves, la seguridad de la circulación está restablecida y ninguna de las personas implicadas en el accidente lo solicita.
- Esforzarse por restablecer o mantener la seguridad de la circulación.
- Evitar la modificación del estado de las cosas y de las huellas u otras pruebas que puedan ser útiles para determinar la responsabilidad en aquellos casos en que, aparentemente, hubiera resultado muerta o gravemente herida alguna persona o se hubiera avisado a la Autoridad o sus Agentes.
- Se podrá, excepcionalmente, modificar el estado de las cosas, cuando de no hacerlo, se perjudique la seguridad de los heridos o de la circulación.
- Comunicar, en todo caso, su identidad a otras personas implicadas en el accidente, si lo pidieren.
- Facilitar los datos del vehículo a otras personas implicadas en el accidente, si se lo pidieren.
RESUMIENDO TODO UN POCO:
- Medidas en relación con la seguridad de la circulación.
- Medidas en relación con las víctimas.
- Medidas en relación con la comunicación de la propia identidad a otras personas implicadas en el accidente.
- Medidas en relación con la Autoridad o sus Agentes.
- Medidas en relación con la Compañía aseguradora.
- Medidas en relación con el remolque de los vehículos accidentados.
- Localización del lugar del accidente (calle, número, punto kilométrico, localidad, si es una vía de doble sentido es preciso informar de la dirección en la que se encuentra el problema…).
- Número de heridos y toda aquella información que podamos aportar sobre ellos.
- Características especiales del accidente (existen personas atrapadas, existe peligro de caída del vehículo, está implicado un vehículo que transporta mercancías peligrosas, el vehículo ha caído al agua, etc.).
Se debe esperar a que desde la central nos den la conformidad, una vez comunicada la emergencia antes de colgar.
Recordar:
Proteger-Avisar-Socorrer (PAS)
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